Asuntos Relevantes

de Responsabilidad Corporativa

Asuntos Relevantes de Responsabilidad Corporativa

El Grupo Ecopetrol está comprometido con asumir una conducta empresarial responsable, evitando y abordando las consecuencias negativas de sus operaciones, al tiempo que contribuye al desarrollo sostenible de los territorios y países donde opera. En este sentido actúa con debida diligencia para identificar, prevenir, mitigar y remediar, si es del caso, los impactos negativos actuales y potenciales que puede generar su operación.

Es por ello que, a continuación, se presentan una serie de casos que han requerido especial atención para su adecuado manejo con el objetivo de identificar los impactos negativos, prevenirlos y mitigarlos, realizar un seguimiento de la implementación de los planes de atención y sus resultados, e informar sobre cómo se abordan dichos impactos.

Contingencia Lisama 158

Avance de la recuperación ambiental

Ecopetrol continúa con la ejecución de las actividades de recuperación ambiental establecidas por la contingencia presentada en el pozo Lisama 158 en marzo de 2018, a través de las acciones descritas en el Plan de Recuperación Ambiental – P.R.A., el cual integró los lineamientos y medidas de manejo establecidas en el Plan de Manejo Ambiental Integral De Mares, las recomendaciones realizadas por el Instituto Alexander von Humboldt (IAvH), los lineamientos generados por la ONU y la asesoría de consultores expertos aliados, así como de la empresa Geotecnología y la Universidad Industrial de Santander – UIS.

El P.R.A. contempla los componentes biótico, abiótico y social, según se ilustra a continuación:

Estrategias de intervención
por componente

En el marco de la gestión integral de la biodiversidad para la recuperación ecosistémica del área, se implementaron las siguientes acciones:

Gestión integral de la biodiversidad – Acciones para la recuperación ecosistémica – Contingencia Lisama 158
Agua-SueloFaunaFloraMonitoreos
Limpieza cuerpos hídricosConstrucción de hábitats terrestres y microhábitats acuáticosLimpieza fustales impregnadosSeguimiento ala vegetación en categoría Fustal, brinzal y latizal
Remoción de suelo impregnadoReincorporación de fauna silvestreRehabilitación de 103 ha (flora) – Acuerdos de conservaciónSeguimiento y monitoreo a la adaptación de fauna terrestre y arborícola, a la abundancia íctica y semiacuática y a las especies reincorporadas
Desmantelamiento y conformación de obras de contención, pisicinas de transferencia y punto de control geodrén planar.Monitoreo mediante cámaras trampaRehabilitación de 4.13 ha zonas cero y uno- Compra de predioMonitoreo de nutrientes de agua y sedimentos y su incidencia en las comunidades hidrobiológicas
  Compensación 

Monitoreo transversal del estado y tendencia del ecosistema – Instituto de Investigación Alexander von Humboldt y Ecopetrol S.A

Monitoreo mediante cámaras trampa

Acciones de seguimiento a través de fototrampeo bosque ripario asociado a quebrada Lisama y caño La Muerte

Las cámaras utilizadas en el entorno del bosque de galería del caño La Muerte. Obtención de material audiovisual y fotográfico logrando capturar 26 especies, identificando, entre ellas, algunas que habitan en áreas con niveles de perturbación reducidos, como Leopardus pardalis.

Fotografía 1

Fotografía 1. Individuo de tayra.

Fotografía 2

Fotografía 2. Individuo de hormiguero.

Acciones de seguimiento a través de fototrampeo zonas cero y uno

Fotografía 3

Fotografía 3. Individuo de zorro perro registrado predio finca Santo Tomás II.

Fotografía 4

Fotografía 4. Individuo de ocelote registrado en el predio finca Santo Tomás II.

Fotografía 5

Fotografía 5. Individuo de jaguarundí registrado en el predio finca Santo Tomás II.

Fotografía 6

Fotografía 6. Individuo de hormiguero registrado en el predio finca Santo Tomás II.

Fotografía 7

Fotografía 7. Individuo de lapa registrado en el predio finca Santo Tomás II.

Fotografía 8

Fotografía 8. Individuo de ñeque registrado en el predio finca Santo Tomás II.

Agua

Agua

Limpieza de 27.226 m sobre el caño La Muerte y quebrada Lizama

Desarrollo de 18 campañas de monitoreo de agua, sedimentos e hidrobiológicos

FLORA- Zonas cero y uno

FLORA- Zonas cero y uno

0.12 ha Revegetadas con gramíneas zona cero

8.277 plántulas sembradas en zona uno

Compensación de 30 árboles en el predio Santo Tomás II

FLORA - Bosque ripario FLORA - Bosque ripario

FLORA - Bosque ripario

53.78 ha en proceso de rehabilitación

54,651 plántulas establecidas

Fauna

Fauna

2,400 individuos reincorporados

135 hábitats y 34 microhábitats construidos

18 campañas de monitoreo

Monitoreo

Monitoreo

5,745 muestras analizadas (agua, suelo, aire, sedimentos, hidrobiológicos)

6 campañas de flora-parcelas

9 campañas de Flora – Fustales.

4 monitoreos de nutrientes de agua y sedimentos y su incidencia en las comunidades hidrobiológicas

Biodiversidad

Biodiversidad

Limpieza de 27,226 m obre caño La Muerte y quebrada Lizama

Desarrollo de 18 campañas de monitoreo de agua, sedimentos e hidrobiológicos

Estas actividades son objeto de seguimiento y control por parte de las autoridades ambientales como ANLA, con la participación de la CAS y secretarías de medioambiente municipales (Barrancabermeja y San Vicente de Chucurí), generando reportes de manera trimestral. En noviembre de 2022, se presentó el decimoséptimo informe de actividades con un avance del 93.7%.

servicios ecosistémicos

Igualmente, cabe mencionar que mediante acta 195 del 27 de abril de 2022, la ANLA concluyó el seguimiento de nueve (9) fichas establecidas en el P.R.A. y continúan vigentes nueve (9) de las 18 establecidas relacionadas con los siguientes temas: 

1

Rehabilitación de la vegetación.

2

Producción material vegetal.

3

Información y capacitación a comunidades. 

4

Seguimiento al componente suelo, biodiversidad y servicios ecosistémicos. 

Avances sociales

Estrategia de divulgación y socialización con comunidades

A través de diferentes estrategias, se realiza la difusión de las acciones y resultados obtenidos en ejecución del Plan de Recuperación Ambiental a través de redes sociales, pregonería, talleres participativos y comités tripartitos, entre otros, como se ilustra a continuación:

Capítulo 1
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Capítulo 2
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Capítulo 3
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Capítulo 4
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Diálogo con el pueblo u´wa

Diálogo con el pueblo u´wa

Fuente: Vicepresidencia de Desarrollo Sostenible.
(WEF 10E)

Suspensión temporal del vertimiento
sobre el río Guayuriba (Colombia)

Actualmente, Ecopetrol cuenta con un permiso de vertimiento de agua de producción tratada sobre el río Guayuriba42 asociado a  las actividades de producción del campo Castilla, ubicado en el municipio de Acacías, en el departamento del Meta. 

El 14 de diciembre de 2020, la autoridad ambiental Cormacarena impuso medida preventiva de suspensión del vertimiento por aparentes condiciones de contaminación evidenciadas en la fuente hídrica, de conformidad con las visitas realizadas por la Autoridad en los meses de marzo y octubre de ese año, así como por un presunto incumplimiento de lo dispuesto en el auto de seguimiento PS-GJ.1.2.64.20.0329 de 2020[43].

Ecopetrol presentó ante la autoridad ambiental varias solicitudes para el levantamiento de la medida, argumentando que las condiciones del vertimiento daban cabal cumplimiento a lo establecido en la Resolución 631 de 2015 y a lo establecido en la normativa local de objetivos de calidad del agua. Adicionalmente, se presentó un plan de acción para el mejoramiento de las condiciones hídricas del río, en el que se incluyeron acciones a corto, mediano y largo plazo con el fin de mitigar el efecto de colmatación natural, promover la dilución y mejorar la calidad del vertimiento. Este plan de acción fue aprobado por la autoridad ambiental.

Teniendo en cuenta lo anterior, el 11 de junio de 2021, Cormacarena ordenó el levantamiento provisional de la medida preventiva, supeditándola a la verificación de la efectividad de las acciones iniciadas por Ecopetrol. El 24 de noviembre de 2021, se solicitó el levantamiento definitivo de la medida preventiva dado que se evidencia el cumplimiento con los parámetros establecidos en la normatividad nacional y local vigente. El 15 de diciembre de 2022, nuevamente, se solicitó el levantamiento definitivo de la medida preventiva.

Es pertinente señalar que, por los hechos que dieron origen a la medida preventiva impuesta, Cormacarena inició proceso sancionatorio el 11 de febrero de 2021 y, el 17 de diciembre de 2021, se emitió pliego de cargos contra Ecopetrol, corriéndose el traslado de estos al 6 de enero de 2022. En septiembre de 2022, se dio apertura a la etapa probatoria. Como resultado del proceso sancionatorio, podría determinarse una sanción para Ecopetrol.

Ecopetrol continúa cumpliendo con las acciones recomendadas en actos administrativos generados por la autoridad ambiental y allegando informes periódicos sobre la ejecución de las actividades de descolmatación44 en el punto de vertimiento, informes del proceso de canalización en el río Guayuriba y avances en las acciones de mediano y largo plazo propuestas en el plan de mejoramientos del sistema de vertimiento.

43 Por medio del cual Cormacarena elevó, entre otros, los siguientes requerimientos: a ) retiro total del material con remanente de hidrocarburos o residuos del vertimiento industrial tratado del lecho o material pétreo del fondo del cauce b ) monitoreos fisicoquímicos sobre los puntos válvula del km 22 de la línea de transferencia del vertimiento de la estación Acacías al río Guayuriba, y c ) un informe detallado de la activación del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos (PGRMV) y su plan de contingencia – PDC para contener la iridiscencia y remanente de hidrocarburos sobre el material pétreo del lecho del río en la franja de vertimiento.
42 Otorgado por Cormacarena, mediante la Resolución 0904 de 2007 y prorrogado a través de la Resolución PS.GJ.1.2.6.1012 de 5 de agosto de 2016, por cinco (5) años.
43 Por medio del cual Cormacarena elevó, entre otros, los siguientes requerimientos: a) retiro total del material con remanente de hidrocarburos o residuos del vertimiento industrial tratado del lecho o material pétreo del fondo del cauce; b) monitoreos fisicoquímicos sobre los puntos válvula del km 22 de la línea de transferencia del vertimiento de la estación Acacías al río Guayuriba, y c) un informe detallado de la activación del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos (PGRMV) y su plan de contingencia – PDC para contener la iridiscencia y remanente de hidrocarburos sobre el material pétreo del lecho del río en la franja de vertimiento.
44 Acción de retirar los depósitos de sedimento de la fuente hídrica donde está el punto de vertimiento.

Caso Refinería de Cartagena – Reficar

Pronunciamientos Procuraduría

(WEF 10E)

Pronunciamientos Contraloría

La Contraloría, en el marco del proceso de responsabilidad fiscal PRF-005-2017, desde 2018 resolvió archivar y desvincular a todos los implicados (exdirectivos, extrabajadores, contratistas, aseguradoras de Ecopetrol) respecto de la aprobación de los controles de cambio 1 y 5 por no constituir daño patrimonial, y a todos los exmiembros de la Junta Directiva de Ecopetrol respecto de los controles de cambio 2, 3 y 4, al considerar que tomaron decisiones oportunas para asegurar la financiación del proyecto y que actuaron con diligencia y prudencia en el marco de sus funciones.

Mediante decisión del 26 de abril de 2021, confirmada por la Contraloría el 6 de julio del mismo año, se halló como responsables fiscales a cinco exfuncionarios de la Refinería de Cartagena, siete exmiembros de su Junta Directiva, cuatro (4) contratistas y tres (3) aseguradoras. Sin embargo, su conducta no está relacionada con hechos de corrupción, soborno o fraude.

Para la Contraloría, el daño fiscal ocasionado en el Proyecto fue producto de las decisiones que conllevaron la pérdida de valor de las mayores inversiones, al aprobarse las adiciones de recursos CAPEX en exceso, sobre los niveles acordes con la remuneración del capital aportado al Proyecto, a su costo de oportunidad, en los controles de cambio 2 y 3.

La CGR consideró el daño fiscal como la suma de las porciones de cada adición al CAPEX del Proyecto, que vulneraron la rentabilidad y la promesa de valor, que se concretan en la afectación que representan el valor presente neto (VPN) y la tasa interna de retorno (TIR) del Proyecto.

Esta decisión es de carácter administrativa y su legalidad no ha sido revisada por un juez de la República. Los hallados como responsables fiscales pudieron demandar el acto administrativo mediante las acciones legales previstas en el ordenamiento jurídico colombiano.

Por otra parte, en relación con la entrada tardía en operación de la refinería, el 3 de febrero de 2022, la Contraloría archivó el proceso al no encontrar probado perjuicio ni lesión al patrimonio público, entre otras razones, por el forzoso desplazamiento del cronograma del proyecto debido a un flujo adverso del activo. Esto, derivado de la ola invernal y la anormalidad laboral, entre otras, que se presentaron en su ejecución. El 1 de marzo de 2022, la Sala de Decisión Fiscal y Sancionatoria de la Contraloría confirmó el auto de archivo.

Procesos penales

Procesos penales

En los procesos penales que se adelantan por temáticas asociadas al Proyecto, no se encuentran vinculados empleados actuales de Refinería de Cartagena ni de Ecopetrol, y estas dos sociedades han sido reconocidas como víctimas . Adicionalmente, ninguno de los delitos que se investiga está relacionado con conductas de soborno o fraude.

Se profirió sentencia condenatoria de primera instancia en contra de dos (2) exrepresentantes legales de Refinería de Cartagena, que puede ser objeto de los recursos de Ley, por lo cual a la fecha no existe condena penal en firme por los hechos investigados.